Punto de Información Catastral
Ayuntamiento de Salobreña

Información General

El Ayuntamiento de Salobreña, en colaboración con la Dirección General del Catastro, ofrece un nuevo servicio a sus ciudadanos. Se trata del Punto de Información Catastral. Esto supone que en el propio Ayuntamiento se podrán obtener certificaciones y consultas sobre datos catastrales no sólo literales o alfanuméricas, sino también cartográficas, evitando así, desplazamientos a las instalaciones de la propia Dirección General, y facilitando el acceso a las personas que no disponen de medios telemáticos que les permitan la consulta a través de la Oficina Virtual del Catastro.

¿Quién puede obtener información catastral?

Cualquier ciudadano, conforme a los siguientes criterios: Se podrá acceder a la información de los bienes inmuebles ubicados en el territorio nacional a excepción de los situados en el País Vasco y Navarra.

Validez y eficacia de la documentación (certificado electrónico) emitido por el Punto de Información Catastral

Los documentos generados por el Punto de Información Catastral contendrán la fecha de su expedición y un código electrónico que permita la comprobación de su integridad y autenticidad, y gozarán de plena validez y eficacia de conformidad con lo establecido por el artículo 96 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y por el artículo 41 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.

Protección de Datos

El Texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario dispone en su artículo 51 que tienen la consideración de datos protegidos: Para el acceso a esta información, los titulares catastrales, o sus representantes legales, deberán rellenar y entregar en el Punto de Información Catastral la solicitud-autorización correspondiente.

Requisitos para la obtención de datos

Para el acceso a esta información, los titulares catastrales, o sus representantes legales, deberán presentar la solicitud de información en el modelo que se les facilitará en el Punto de Información Catastral (puede obtenerse pinchando aquí) en la que se hará constar la identidad del solicitante y la información requerida, siendo imprescindible la consignación del número de identificación fiscal del titular catastral, así como el original y fotocopia de dicho documento. La solicitud contendrá además la correspondiente autorización a la entidad gestora del servicio para acceder a sus datos desde el Punto de Información Catastral. Junto a la solicitud debe presentarse la documentación acreditativa de la representación o autorización con que se actúe, cuya validez y eficacia será constatada por el responsable del servicio en la propia solicitud. El modelo de autorización del titular catastral que deberá utilizarse se les facilitará en el Punto de Información Catastral (puede obtenerse pinchando aquí). Más Información

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